1.5. MARCO LEGAL DE LA TRANSPARENCIA, RENDICIÓN DE CUENTAS Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA.
CONSTITUCIÓN
POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOA MEXICANOS
ART. 6°
|
ü La manifestación de las
ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino
en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de
terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de
réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la
información será garantizado por el Estado.
ü Toda persona tiene derecho
al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y
difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión.
ü El Estado garantizará el
derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así
como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de
banda ancha e internet. Para tales efectos, el Estado establecerá condiciones
de competencia efectiva en la prestación de dichos servicios.
|
CONSTITUCIÓN
POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOA MEXICANOS
ART. 16°
|
v Nadie puede ser molestado
en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de
mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa
legal del procedimiento. En los juicios y procedimientos seguidos en forma de
juicio en los que se establezca como regla la oralidad, bastará con que quede
constancia de ellos en cualquier medio que dé certeza de su contenido y del
cumplimiento de lo previsto en este párrafo.
v Toda persona tiene derecho
a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y
cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición, en los
términos que fije la ley, la cual establecerá los supuestos de excepción a
los principios que rijan el tratamiento de datos, por razones de seguridad
nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para
proteger los derechos de terceros.
|
LEY FEDERAL DE
TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
ART. 1° Y 2°
|
·
Art. 1°: La presente Ley es de orden público y tiene por objeto
proveer lo necesario en el ámbito federal, para garantizar el derecho de
acceso a la Información Pública en posesión de cualquier autoridad, entidad,
órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial,
órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos,
así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza
recursos públicos federales o realice actos de autoridad, en los términos
previstos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y
la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
|
·
Art. 2° : Son objetivos de la presente Ley:
·
I. Proveer lo necesario para que todo solicitante pueda tener acceso
a la información mediante procedimientos sencillos y expeditos;
·
II. Transparentar la gestión pública mediante la difusión de la
información oportuna, verificable, inteligible, relevante e integral;
·
III. Favorecer la rendición de cuentas a los ciudadanos, de manera
que puedan valorar el desempeño de los sujetos obligados;
·
IV. Regular los medios de impugnación que le compete resolver al
Instituto;
·
V. Fortalecer el escrutinio ciudadano sobre las actividades sustantivas
de los sujetos obligados;
·
VI. Consolidar la apertura de las instituciones del Estado mexicano,
mediante iniciativas de gobierno abierto, que mejoren la gestión pública a
través de la difusión de la información en formatos abiertos y accesibles,
así como la participación efectiva de la sociedad en la atención de los
mismos;
·
VII. Propiciar la participación ciudadana en la toma de decisiones
públicas, a fin de contribuir a la consolidación de la democracia, y
·
VIII. Promover y fomentar una cultura de transparencia y acceso a la
información pública.
|
|
LEY GENERAL DE
TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
ART. 1°
|
» Art. 1°: La presente Ley
es de orden público y de observancia general en toda la República, es
reglamentaria del artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, en materia de transparencia y acceso a la información.
» Tiene por objeto
establecer los principios, bases generales y procedimientos para garantizar
el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad,
entidad, órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial,
órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así
como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza
recursos públicos o realice actos de autoridad de la Federación, las
Entidades Federativas y los municipios.
|
LEY FEDERAL
DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE LOS PARTICULARES
ART. 1°
|
§ Artículo 1.- La presente
Ley es de orden público y de observancia general en toda la República y tiene
por objeto la protección de los datos personales en posesión de los
particulares, con la finalidad de regular su tratamiento legítimo, controlado
e informado, a efecto de garantizar la privacidad y el derecho a la
autodeterminación informativa de las personas.
|
REGLAMENTO
DE LA LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
GUBERNAMENTAL
ART. 1°
|
¾ Artículo 1. Este
ordenamiento tiene por objeto reglamentar las disposiciones de la Ley Federal
de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental en lo
relativo al Poder Ejecutivo Federal, sus dependencias y entidades y, en
general, cualquier otro órgano que forme parte de la Administración Pública
Federal.
|
ü Ley
General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados
ü Ley
Federal de Derechos
ü Nuevo
Código de Ética del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de Datos Personales.
ü Código
Federal de Procedimientos Civiles
ü Acuerdo
mediante el cual se aprueba la adición de un Capítulo al Código de Ética del
Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de
Datos Personales.
ü Nuevo
Código de Ética, Julio 2018 (versión integrada)
ü Ley
del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales
Comentarios
Publicar un comentario